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¿Qué pasa si no se informa el cambio de
fecha de la capacitación? |
| RE: Si es fiscalizado, será una irregularidad.
En todo caso todo cambio en la actividad de capacitación
debe ser comunicado a lo menos con 24 horas de anticipación. |
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¿ Los cursos deben ser pertinentes a la labor que
va a cumplir el trabajador? |
| RE: La pertinencia del curso de capacitación
será evaluada según el criterio de quien
ingrese al postulante, ya que no es un factor de evaluación
objetivo. |
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La capacitación, ¿cómo se cobra? |
| RE: La capacitación se le cancela directamente
a la empresa que salió adjudicada en el programa.
El Organismo Técnico le factura al contribuyente
y en caso de ser capacitación interna, debe presentar
boleta de honorarios o factura. |
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¿Cuál es el plazo para cobrar la capacitación? |
| RE: 60 días corridos, contados desde la fecha
de inicio del Contrato |
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¿Cuál es el tope de alumnos por curso de
capacitación? |
| RE: Ninguno, pero cuando la empresa tiene más
de 30 cupos en un mismo curso, se considerará empresa
riesgosa, habrá que supervisar el curso.. |
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Si el empresario dicta el curso en su empresa ¿La
boleta de honorarios debe ser emitida al Sence? |
| RE: No, la boleta por capacitación debe ser emitida
a la empresa capacitada, por lo tanto el empresario no
puede emitir una boleta a su misma empresa. |
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